La Consejería de Educación ha desestimado, mediante una resolución publicada el pasado 15 de abril en el Boletín Oficial de Canarias, las solicitudes presentadas por docentes para el abono del 100% de las retribuciones complementarias en las pagas extraordinarias de junio y diciembre.
Las solicitudes se basaban, en esencia, en el artículo 22.4 del EBEP, que reconoce dos pagas extraordinarias al año, cada una por el importe de una mensualidad de retribuciones básicas y de la totalidad de las retribuciones complementarias, excluyéndose únicamente la productividad y las gratificaciones por servicios extraordinarios.
Esta desestimación en vía administrativa era esperada, ya que las leyes de Presupuestos Generales del Estado (PGE) aplican desde 2010 un recorte en las pagas extra que actualmente sigue vigente.
En las solicitudes se reclamaba incluir en las pagas extras todos los complementos fijos (tutorías, coordinaciones…). En Canarias se cobra el 100% del complemento de destino, pero solo el 78% del complemento específico. Desde la aprobación de la Ley 13/2009, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2010, el porcentaje del 78% se consolidó en sucesivas leyes de presupuestos y resoluciones de retribuciones.
ANPE tiene entre sus principales prioridades la de luchar para intentar restablecer la pérdida de poder adquisitivo y es en ese marco en el que se inscribe esta campaña por el 100% de las pagas extra.
En la situación actual, ANPE aboga por dos vías:
1. Recurso contencioso-administrativo promovido por el sindicato
Por un lado, promoveremos un recurso contencioso-administrativo colectivo en representación de los afiliados y las afiliadas que hayan registrado la reclamación previamente y que lo autoricen de manera expresa. La base legal de esta actuación se encuentra en el artículo 19.1.k) de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, que legitima a los sindicatos para “actuar, en nombre interés del personal funcionario y estatutario afiliado a ellos que así lo autorice, en defensa de sus derechos individuales, recayendo sobre dichos afiliados los efectos de aquella actuación”.
Puedes descargar la autorización en el archivo adjunto a esta noticia. Deberá enviarse firmada digitalmente a pagaextralp@anpecanarias.org en el caso de las personas afiliadas en Las Palmas o a pagaextrasc@anpecanarias.org en el caso de las personas afiliadas en Santa Cruz de Tenerife. También podrán entregarse personalmente en las sedes del sindicato firmada a bolígrafo y adjuntando fotocopia del DNI por ambas caras. Se deberá adjuntar la solicitud registrada.
El plazo límite para hacerlo es el día 8 de mayo.
Esta vía es exclusiva para personas afiliadas a ANPE, y no tiene ningún coste.
2. Recurso potestativo de reposición individual
Con el fin de reforzar la posición individual de cada persona afiliada, y como medida de precaución por si el recurso contencioso administrativo colectivo no fuera admitido a trámite, facilitaremos en los próximos días un modelo individual de recurso potestativo de reposición para que las personas que lo deseen lo presenten a través de la sede electrónica.
Se podrá presentar hasta el día 15 de mayo (inclusive).
Si este recurso individual derivara en la apertura de la vía contencioso-administrativa, esta tendría que ser costeada por cada afiliado/a.
¿Qué pasa con las personas que no han presentaron solicitud?
En el caso de las personas que no presentaron la reclamación en su momento, pueden hacerlo ahora utilizando el modelo que facilitamos el pasado mes de noviembre como archivo adjunto a esta noticia: https://anpecanarias.es/notices/199335/