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Mesa sectorial (16 de diciembre): oposiciones al Cuerpo de Maestros y modificación de permisos y licencias


16 Dic, 2025

Ayer, martes 16 de diciembre, se terminó de abordar en mesa sectorial la orden de convocatoria de oposiciones del Cuerpo de Maestros para 2026. Además, se aprobó, con el voto en contra de ANPe y del resto de sindicatos presentes, el texto de la modificación de la resolución de permisos y licencias.

Oposiciones del Cuerpo de Maestros 2026

Se prevé que la convocatoria sea publicada a mediados o finales de febrero.

Desde ANPE realizamos más de 60 propuestas a la orden, dirigidas a mejorar la convocatoria en aspectos como la presentación de solicitudes, los criterios de calificación, la presentación de méritos, los requisitos para entrar en listas o la formación a los miembros de tribunales.

No obstante, mostramos nuestro rechazo al acto de lectura pública de la primera prueba (previa citación del tribunal con 24 horas de antelación) introducido en el proceso, que en la práctica supone la pérdida del anonimato. Este anonimato históricamente ha contribuido a reforzar la objetividad y la imparcialidad en la valoración. Consideramos que su eliminación no beneficia ni a las personas aspirantes ni a los miembros de los tribunales.

Otras novedades importantes de la convocatoria son las siguientes:

  • Los méritos los tendrán que presentar todas las personas aspirantes, en un plazo de 20 días hábiles desde el acto de presentación. También expresamos nuestra oposición a este punto, ya que supone un papeleo y una tramitación innecesaria.

  • Las partes A y B de la primera prueba tendrán una duración de 3 horas cada una y se dividirán en dos turnos: durante la mañana se desarrollará la parte B (tema) y por la tarde se realizará la parte A (supuesto).

  • Se recupera la parte A2 (interpretación individual) en Música.

Para entrar en listas de empleo, habrá que inscribirse en la oposición de la especialidad correspondiente, asistir al acto de presentación (aunque no es necesario entregar la programación) y realizar la parte B de la primera prueba (tema). A efectos de entrada en listas, la lectura de la primera prueba no será necesaria si se renuncia expresamente a ella en los términos que establezca la Consejería.

A pesar de nuestro rechazo a aspectos concretos de la orden, entendemos que una convocatoria de oposiciones siempre es una oportunidad para que obtengan plaza centenares de docentes interinos y de nuevos egresados que se están preparando con mucho esfuerzo para ser funcionarios de carrera.


Permisos y licencias

El borrador inicial de modificación de la norma contenía varios aspectos que afectaban negativamente a los permisos vigentes. Finalmente, hemos conseguido que se reviertan varios de ellos. En este sentido, se acordó o siguiente:

  • El permiso de matrimonio queda como está: se podrá solicitar durante todo el curso escolar en el que se produzca el enlace.
  • Se ha vuelto a incluir que a las docentes que no puedan incorporarse por estar de permiso de maternidad les cuente como tiempo de servicio el periodo que permanezcan en esa situación. Hemos conseguido que se incluya también al otro progenitor diferente a la madre biológica, así como las adopciones.
  • La reducción de jornada por interés particular se mantiene, pero podrá solicitarse hasta el 31 de agosto.
  • La reducción por cuidado de familiar y la de mayores de 55 años se podrán seguir solicitando hasta el 30 de junio.
  • Los permisos por asuntos propios para docentes con jornada parcial se podrán solicitar, aunque su concesión está supeditada a las necesidades del servicio.
  • El permiso parental se podrá solicitar en el mes de septiembre.

En cualquier caso, hemos votado en contra del texto definitivo porque hay aspectos que no se han incluido que consideramos indispensables; especialmente, los siguientes:

  • Reducción de horas lectivas de atención directa con el alumnado para docentes de 59 o más años. Entendemos que, para que cuente con mayores garantías y estabilidad, esta reducción debe recogerse en la norma de permisos y licencias, y no en unas instrucciones de organización y funcionamiento.
  • Días de libre disposición. La Administración se ha negado a aceptar la incorporación de este permiso en la normativa.