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Modelo de reclamación para que se incluyan en las pagas extraordinarias todos los complementos al 100% de su cuantía


27 Nov, 2025

El Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 22 que cada paga extraordinaria debe incluir una mensualidad completa tanto de retribuciones básicas (100 % del sueldo y de los trienios) como de retribuciones complementarias (se exceptúan la productividad y las gratificaciones por servicios extraordinarios).

En el año 2010, con la justificación de la crisis económica, se aplicó a escala estatal una reducción salarial a los empleados públicos que fue de más del 5% en el caso de los docentes. Esta reducción afectó en un principio a todos los componentes del salario, pero, a la larga, su efecto más duradero ha sido el recorte de las pagas extra, que se ha ido prorrogando año tras año. El personal público sigue percibiendo solo una parte de sus retribuciones básicas (salario base y trienios) en las pagas extraordinarias de junio y diciembre. Una medida que nació como excepcional y temporal continúa vigente quince años después de manera injustificada, pues la situación que la motivó quedó atrás hace mucho tiempo. En el caso del profesorado, supone una merma anual de entre 600 y 1.000 euros según el cuerpo y la antigüedad. ANPE está reclamando, en el ámbito del Estado, la restitución de la integridad de las pagas extraordinarias.

En cuanto a las retribuciones complementarias, muchas comunidades autónomas las mantienen también recortadas en las pagas extra de diferentes formas. En el caso de Canarias, se cobra solo una parte del sueldo base, de los trienios, del complemento específico y del complemento de formación permanente (sexenios), junto con el 100% del complemento de destino, mientras que otros complementos, como los de jefatura de departamento, coordinaciones, cargos directivos y tutorías, ni siquiera se incluyen.

Jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo ha consolidado el criterio de que el complemento de formación —y, por extensión, todos los percibidos de forma estable, como guardias, nocturnidad o turnos— forman parte del salario estructural y deben computarse también en las pagas extraordinarias. Lo hace, en concreto, la sentencia 4420/2025, de 2 de octubre, que señala además que una norma autonómica —de presupuestos o de cualquier otra índole— no puede incidir en la configuración y la estructura de las retribuciones establecidas en una norma estatal.

Desde ANPE nos oponemos frontalmente a estos recortes injustos y arbitrarios. Por ello, ponemos a disposición de todo el profesorado de Canarias un modelo de reclamación para exigir al Gobierno autónomo que reconozca el derecho a percibir el 100% de las retribuciones complementarias en las pagas extraordinarias de junio y diciembre, y abone las cantidades que correspondan con efectos retroactivos (de acuerdo con el régimen general de prescripción de derechos de naturaleza retributiva en el sector público, las diferencias dejadas de percibir pueden reclamarse con un límite de cuatro años hacia atrás desde la fecha de la solicitud).

Es importante tener en cuenta que la presentación de una reclamación a la Administración es condición necesaria para que, en el caso de que no se satisfagan las pretensiones, se pueda emprender la vía judicial contencioso-administrativa.
 

Puedes descargar el modelo de reclamación pinchando en el archivo adjunto. Una vez cumplimentado, debes presentarlo tú mismo por sede electrónica a la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes del Gobierno de Canarias. Si eres afiliado/a a ANPE, mantennos informados en caso de que la Administración te conteste para facilitar gestiones posteriores.

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